Permisos por función
Cada integración usa credenciales acotadas al menor alcance que permita el sistema. Nadie —ni un modelo— accede a más de lo que necesita para su tarea.
Trabajamos con documentación interna, bases de datos y conversaciones con clientes. Estas son las reglas con que tratamos esa información, y lo que cambia para tu empresa con la nueva ley chilena de protección de datos personales.
No todos los proyectos necesitan lo mismo. Estos son los controles que ponemos sobre la mesa y ajustamos según la sensibilidad de la información y el rubro.
Cada integración usa credenciales acotadas al menor alcance que permita el sistema. Nadie —ni un modelo— accede a más de lo que necesita para su tarea.
Cuando hay datos personales, al modelo llega lo mínimo para razonar: un identificador interno en vez del nombre y el RUT. La tabla que conecta ambos se queda en tu base de datos.
Las respuestas del modelo pasan por un esquema tipado y una validación antes de tocar un CRM, un ERP o una base de datos. Lo que no calza queda para revisión humana.
En los asistentes documentales, la respuesta muestra el documento y la página de origen. Sin fuente verificable, el asistente no responde.
Quedan registradas las ejecuciones y los accesos relevantes, sin almacenar información sensible que el proceso no necesite.
El plan de pruebas incluye errores, excepciones y casos borde, no sólo el recorrido ideal. Antes de cada cambio corre la batería de evaluación.
Trabajamos sobre APIs empresariales de proveedores que no usan el contenido enviado para entrenar sus modelos. Es una condición de contrato, no una preferencia.
Preferimos que los datos se queden en el entorno del cliente: tu tenant de Microsoft 365, tu nube o tu base de datos. Cuando no es posible, lo decimos y evaluamos alternativas contigo.
Al elegir plataformas priorizamos las que mantienen ISO 27001 o SOC 2 Type II vigentes, y lo dejamos por escrito en la propuesta.
Si tu equipo de TI quiere control total, entregamos la solución para que corra en tu propia infraestructura y con tus credenciales. En ese caso no alojamos ni custodiamos nada tuyo.
La Ley 21.719 reemplaza el régimen de la Ley 19.628 y aplica a cualquier organización que trate datos personales en Chile, sin importar su tamaño. Su entrada en vigor está fijada para el 1 de diciembre de 2026, con un proyecto en trámite que propone postergarla a diciembre de 2027.
En cada proyecto dejamos documentado qué datos se tratan, con qué finalidad, dónde se almacenan, cuánto se conservan y qué proveedores intervienen. Eso es exactamente el insumo que tu área legal necesita para el registro de tratamiento. La interpretación jurídica no la hacemos nosotros.
Si quieres entender el panorama completo antes de conversar, escribimos una guía: tu empresa frente a la Ley 21.719.
La analítica sólo se carga si aceptas las cookies; sin consentimiento no se envía ningún evento. El formulario guarda lo que escribes para poder responderte y nada más. La calculadora de automatización hace los cálculos en tu navegador: esas cifras nunca llegan a nuestro servidor. El detalle está en la política de privacidad.
Ofrecemos el diagnóstico de datos y cumplimiento como un trabajo acotado, dentro del mismo formato de diagnóstico: desde 25 UF, en 1 a 2 semanas. No reemplaza a tu abogado; le entrega el insumo técnico que necesita.
Sí. Firmamos NDA antes de recibir documentación del cliente y, cuando hay datos personales de por medio, un acuerdo de tratamiento de datos que detalla finalidad, plazos y subencargados.
Sí, con resguardos definidos caso a caso: minimización, seudonimización, permisos acotados y proveedores elegidos según la sensibilidad. Si un caso exige que la información no salga de tu infraestructura, lo diseñamos así desde el principio.
Los datos y registros son de tu empresa y puedes exportarlos en cualquier momento. El contrato define la asistencia de migración, los plazos de retención y el borrado al término.
Su entrada en vigor está fijada para el 1 de diciembre de 2026. En septiembre de 2026 el Gobierno ingresó al Senado un proyecto que propone postergarla un año, hasta diciembre de 2027 (Boletín 18623-07). Mientras ese proyecto no se apruebe, la fecha vigente sigue siendo diciembre de 2026.
No. Implementamos controles técnicos y documentamos cómo se tratan los datos; la interpretación legal la debe revisar tu abogado o tu delegado de protección de datos. Trabajamos con lo que esa revisión defina.
Cuéntanos el proceso, los sistemas involucrados y el resultado que necesitas. Evaluamos el alcance y los próximos pasos contigo.